Derecho de la afiliada a incorporar a su cónyuge como carga
Conoce los detalles y requisitos para esta incorporación.

Según la Circular N°383 de la Superintendencia de Salud, se hicieron adaptaciones a la norma sobre el derecho de la afiliada a incorporar a su cónyuge como carga legal.
Para acreditar una carga legal se deben cumplir dos requisitos a la vez: que la persona viva a expensas de quien causa la asignación familiar, y que no reciba una renta —de cualquier origen— igual o superior al 50% del ingreso mínimo mensual.
- Si una afiliada declara a su cónyuge como carga legal, debe presentar la documentación que acredite el cumplimiento de esos requisitos para incorporarlo a la isapre.
- Lo mismo aplica a las nuevas afiliadas: deben declarar a su cónyuge como familiar beneficiario o carga legal si cumple los requisitos. También pueden declararlo durante la vigencia del contrato, si el cónyuge llega a cumplirlos; eso modifica el precio final del contrato.
Documentos para acreditar la identidad de la carga
Cédula de identidad, fotocopia de la libreta de familia o un certificado de nacimiento.
Documentos para acreditar la condición de carga
Un certificado que pruebe la relación de parentesco, un certificado de la entidad que otorga la asignación familiar, u otro documento que acredite que cumple las mismas calidades y requisitos que exige la ley para ser causante de asignación familiar de un trabajador dependiente.
Documentos para verificar la renta
Para verificar la renta o remuneración imponible de la persona trabajadora dependiente, pensionada o beneficiaria cotizante, la isapre pide documentación que acredite esa condición: fotocopia de la última liquidación de remuneraciones o pensiones, del contrato de trabajo, de la última planilla de pago de cotizaciones a la AFP o IPS, un certificado de renta emitido por el empleador, o algún certificado legal que acredite la renta.

